Meseros, taxistas, repartidores de comida, peluqueros y muchos otros trabajadores que perciben propinas por sus servicios están sujetos a reportar esos ingresos al IRS; sin embargo, la mayoría de contribuyentes desconoce la obligación tributaria y las repercusiones de no cumplir con la misma.
El IRS señala en su hoja informativa que las propinas son ingresos tributables al igual que los salarios, y los trabajadores que las reciben son responsables de pagar los impuestos sobre los ingresos, Seguro Social y Medicare sobre ese dinero.
La agencia tributaria requiere que el empleador retenga suficiente dinero del salario; sin embargo, la cantidad retenida se basa en el total del salario más el ingreso de propinas que informe el contribuyente, incluso si recibe las propinas en efectivo directamente del cliente.
Recibe las noticias locales y los pronósticos del tiempo directo a tu email.> Inscríbete para recibir newsletters de Telemundo Washington aquí.
Según las directrices del IRS, un trabajador deberá reportar las propinas mensuales totales al empleador antes del día 10 del mes siguiente. Aquí puedes ver el calendario fiscal de 2022 para más detalles.
Sin embargo, si el empleador no efectúa un proceso fiscal para reportar al fisco los ingresos de propinas, el trabajador puede usar el Formulario 4070.
¿PERO CUÁL SERÍA LA SANCIÓN DE NO DECLARAR LAS PROPINAS AL IRS?
El IRS puede imponer una multa equivalente al 50% del impuesto de Seguro Social y Medicare que un contribuyente no paga, así como una multa por negligencia ascendente al 20% de la cantidad de impuesto sobre el ingreso adicional, más intereses.
Supongamos que durante el procesamiento de la declaración de impuestos el IRS descubre que declaraste menos de la cantidad de propinas que recibiste. En ese caso, la agencia determinará la cantidad de impuesto adeudas tomando como base la información disponible en los registros del empleador. El ingreso de propinas aumenta tu ingreso tributable, eso significa que el declarar menos de lo recibido puede tener como consecuencia que termines debiendo una cantidad significativa de impuestos, multas e intereses.
Ahora bien, si no declaras tu ingreso de propinas a tu empleador, pero lo reportas en tu declaración de impuesto federal sobre el ingreso, podrías adeudar una multa ascendente al 50% de sus impuestos al seguro social y Medicare, estar sujeto a una multa por negligencia y posiblemente a una multa por no estimar incorrectamente la cantidad del impuesto.
Cuando no declaras las propinas a tu empleador, este corre el riesgo de que el IRS le tase la parte correspondiente de los impuestos al seguro social y Medicare.
Pero existen exenciones. Si no ganas por lo menos $20 en propinas durante el mes, no tienes que reportar ese ingreso a tu empleador. Si tienes más de un empleo, aplica el límite de US$20 a cada uno. Sin embargo, todavía tienes que incluir estas propinas en el ingreso tributable cuando presentes tu declaración de impuestos.
¿QUÉ CONSIDERA EL IRS COMO PROPINA?
- Propinas otorgadas directamente por un cliente.
- Propinas añadidas con tarjetas de crédito.
- Propinas de un acuerdo de reparto con otros empleados.
- El valor de las propinas en formas que no sean en efectivo, como boletos, pases u otros artículos de valor, también es ingreso y está sujeto a impuestos.
REGISTRO DE LAS PROPINAS
El IRS señala que los empleados mantengan un registro diario de las propinas que reciben. Para ello se puede usar el Formulario 4070A. Puedes reducir la cantidad de los ingresos reportables si compartes algunas propinas con otros empleados. Por ejemplo, si recibes una propina de $100 y le das al cocinero $30, entonces sólo tienes que reportar $70 en propinas.
El IRS establece como parámetro que los restaurantes y empresas similares generan propinas equivalentes al menos al 8% de las ventas. Si una empresa solo informa propinas anuales iguales a 6% de las ventas, por ejemplo, la agencia tributaria requiere que el empleador asigne el 2% restante de las ventas entre los empleados, por ende, el trabajador deberá incluir su parte en el ingreso tributable.