¿Cuál es la diferencia entre asilo y refugio? ¿Qué es una redada y un operativo? Estos son algunos de los términos que te aclaramos en este glosario. La abogada Tessy Ortiz nos explica.
En materia de inmigración, son muchos los términos que abarcan un tema tan delicado e importante para quienes están en medio de un proceso migratorio en Estados Unidos o para quienes quieren tener claridad sobre el tema.
Entonces, ¿Qué significan exactamente algunos de estos términos?
A continuación te explicamos algunas de las palabras claves a través del Glosario de Inmigración, como parte del proyecto especial Inmigración y tus derechos.
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Asilo ≠ Refugio
Asilo: forma de protección que le permite a un individuo permanecer en Estados Unidos en lugar de ser expulsado (deportado) a un país donde teme ser perseguido o lastimado, de acuerdo a ACNUR. La abogada de inmigración, Tessy Ortiz, especifica que, para solicitar el asilo, la persona debe estar dentro de los Estados Unidos. “Una vez que la persona entra a Estados Unidos, tiene un año a partir de que entró para meter la aplicación de asilo”, indica Ortiz.
Refugio: “es el proceso para que una persona pueda entrar como refugiada a Estados Unidos, después de un proceso esperando afuera del país”, según explica Tessy Ortiz. La persona debe presentar una preocupación humanitaria especial para Estados Unidos o demostrar que se le haya perseguido o que enfrente temor de que se le persiga en su país de origen por razones de raza, religión, nacionalidad, opinión política o por pertenecer a un cierto grupo social, de acuerdo con USCIS.
Redadas ≠ Operativos migratorios
Redada: son acciones aleatorias, indiscriminadas y generalizadas. Buscan detectar a migrantes indocumentados en Estados Unidos o a quienes hayan violado las leyes de inmigración. Se pueden realizar en lugares frecuentados como centros de trabajo, mercados o barrios, explica el experto en inmigración Emilio García, director del Centro Comunitario San Bernardino, en Conexión Migrante.
Operativo: está encaminado a un objetivo en específico, según la abogada Tessy Ortiz. “Puede ser para cuestiones que no sean forzosamente de inmigración, porque ICE no solamente se dedica a cuestiones de inmigración, también de drogas, tráfico de humanos, y otros crímenes”, afirma.
Salida voluntaria ≠ Deportación
Salida voluntaria: la persona decide retornar hacia el país de origen o de tránsito, u otro país, fundado en una decisión voluntaria, señala la OIM. La abogada de inmigración, Tessy Ortiz, agrega que “entre una salida voluntaria y una deportación, un abogado siempre escoge una salida voluntaria cuando no hay otra opción, porque la salida voluntaria no da castigos legales y una deportación sí”.
Sin embargo, Ortiz explica que la salida voluntaria se deja como última opción porque hay personas que califican para pedir cancelación de la deportación o tienen algún otro remedio migratorio frente a un juez de inmigración. “Hay personas que, si son arrestadas y llevadas frente a un juez, pueden arreglar su residencia, por eso no deberían firmar una salida voluntaria”, recomienda.
Deportación: proceso de expulsión de un extranjero por no cumplir con las leyes del país, según USA.gov. La abogada Tessy Ortiz indica que, a diferencia de la salida voluntaria, la deportación sí implica castigos legales para la persona a la que un juez ordena deportar.
Este glosario no es exhaustivo y debe enriquecerse más. Por ahora pretende ser un punto de partida para ayudar a la comprensión de las cuestiones sobre inmigración y las personas puedan tomar mejores decisiones dependiendo de su situación.